sábado, 19 de mayo de 2007

indemnización en materia de violación de los Derechos Humanos

2 DE FEBRERO DE 2007
Antecedentes regionales de indemnización en materia de violación de los Derechos Humanos

CHILE 2003

El Presidente Lagos anunció la creación de una Comisión, integrada por representantes de todos los sectores políticos, incluidos los partidos de la oposición, para el análisis caso por caso de las posibles indemnizaciones estatales a quienes fueron torturados o sufrieron prisión política durante el régimen militar. El proyecto impulsado por Ricardo Lagos incluyó un aumento del 50% en las pensiones asistenciales que Chile otorga, desde 1991, a los familiares de los ejecutados y desaparecidos. Estas ayudas, que se entregan a los padres, cónyuge o hijos de la víctima, ascienden a unos 300 dólares mensuales. 2004 La ALDHU (Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos) calificó de trascendental el informe sobre casos de tortura en Chile y auguró que los juicios contra quienes cometieron esos crímenes durante el gobierno de Augusto Pinochet, están ahora más cerca. Este informe da cuenta de los atroces procedimientos utilizados por los militares y civiles, que sometieron a tormentos a los prisioneros políticos en Chile. Afirmó que más allá de las compensaciones materiales establecidas por el gobierno, los familiares de las víctimas mantienen su derecho a demandar indemnizaciones ante los tribunales chilenos o ante las instancias Internacionales pertinentes.

BRASIL 2004

Después de veinte años, el Estado de Río de Janeiro pretende que el monto de la reparación sea único (unos 9 mil dólares) porque considera que no es posible evaluar para más o para menos el sufrimiento de las víctimas. Durante 12 meses en Río la Comisión ha recibido declaraciones de las que surgieron nombres, fechas, lugares, que serán el puntapié de investigaciones concretas para los organismos de Derechos Humanos.

URUGUAY 2004/2005

Las acciones judiciales se interrumpieron en 1986, cuando se aprobó la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado. Esa norma, aprobada bajo presión militar según varios de sus impulsores, pero ratificada en un referendo en abril de 1989, clausuró todos los procesos penales contra militares y policías por violaciones de los derechos humanos cometidas durante la dictadura. Solo quedó para los familiares de las víctimas al artículo 4º de dicha ley, que encomendó el Poder Ejecutivo investigar el destino de los desaparecidos. El Presidente Jorge Batlle, a inicios de su gestión, en el año 2000, creó la Comisión para la Paz, integrada por representantes de diversos sectores, con la que se propuso cumplir el artículo 4º de la Ley de Caducidad. Esa comisión concluyó que 26 uruguayos murieron por torturas en el país durante el régimen militar, y que se recibieron informes de que fueron sepultados o incinerados y arrojados al mar, aunque no aseguró que esas versiones fueran veraces. Otros 128 desaparecidos fueron detenidos en Argentina, siete en Chile, dos en Paraguay y uno en Bolivia, en el marco del Plan Cóndor. Luego del triunfo del partido Encuentro Progresista- Frente Amplio- Nueva Mayoría en las últimas elecciones presidenciales hay nuevas esperanzas. Aunque el Presidente Tabaré Vázquez decida investigar, no podrá llevar a los represores a la justicia debido a la Ley de Caducidad. El camino a seguir por el nuevo gobierno es el de profundizar las indagaciones y depurar las Fuerzas Armadas. PARAGUAY El 21 de noviembre de 1995, el Congreso sancionó la Ley de Indemnización a víctimas del régimen militar de 1954-1989. Sin embargo, en mayo de 1996, por Decreto Nº 13.422 el Presidente Wasmosy vetó totalmente la ley. La Ley Nº 838/96 que indemniza a las víctimas de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura de 1954 a 1989, prevé indemnizaciones mínimas por la desaparición forzada de personas, por ejecución sumaria o extrajudicial y por torturas con secuelas físicas y psíquicas graves y manifiestas, por privación ilegítima de la libertad sin orden de autoridad competente. El Poder ejecutivo, sin embargo, promovió el 13 de noviembre una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley 838/96, solicitando a la Corte Suprema de Justicia que declare inaplicable e inconstitucional dicha ley.

PERU

El jefe de la Diplomacia Peruana señaló que el informe de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR) en el Perú, constituye un llamado “al procesamiento positivo de la memoria colectiva sobre los actos de violencia que vivió el Perú en la décadas de 1980 y 1990”. Asimismo, indicó que el Gobierno del Perú está comprometido en la lucha contra la impunidad, y en el resarcimiento moral y material de las víctimas de la violencia. Finalmente, anotó que la verdad es un requerimiento indispensable para que las sociedades absorban la violencia con una lógica de derechos humanos y con un espíritu democrático de reconciliación nacional

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